De conformidad con la ley 50 – 87 de Cámaras de Comercio y sus estatutos, la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Santo Domingo, tendrá por objeto fundamentalmente, de manera enunciativa y no limitativa lo siguiente:
a. Contribuir al desarrollo de las actividades económicas de las empresas de su jurisdicción;
b. Apoyar la creación de organizaciones, asociaciones que beneficien y contribuyan a la prosperidad de la economía nacional;
c. Proponer ante los poderes públicos la aprobación y promulgación de leyes, decretos, resoluciones, reglamentos y otras disposiciones que faciliten el desenvolvimiento económico y legítimo de las actividades del sector empresarial;
d. Auspiciar la conservación, desarrollo y exportación de productos nacionales en colaboración con las empresas de su jurisdicción;
e. Promover y organizar con la frecuencia que sea posible, actividades educativas y orientadoras por los medios de comunicación y otras más, así como exposiciones agrícolas, comerciales e industriales en bien de la preparación de la clase empresarial y de la divulgación de nuestros productos agroindustriales, agrícolas y en general de manufactura nacional;